Con el objetivo de regular el uso de dispositivos electrónicos para fumar, el Congreso de Colombia ha adoptado la Ley 2354 de 2024, la cual prohíbe el uso de vapeadores en numerosos espacios públicos cerrados o accesibles al público, tales como bares, discotecas, centros comerciales y estadios, entre otros.
Esta nueva regulación se ajusta a lo dispuesto en la Ley 1335 de 2009, que prohíbe la instalación de máquinas expendedoras o dispensadores automáticos de productos de tabaco en lugares con acceso libre para menores de edad.
El artículo 3 de la ley establece que el Gobierno Nacional, a través del Ministerio de Salud y Protección Social, debe desarrollar e implementar estrategias y campañas educativas sobre los posibles efectos y riesgos para la salud asociados con el uso de cigarrillos electrónicos.
Así, el uso de vapeadores estará prohibido en bares, restaurantes, centros comerciales, tiendas, ferias, festivales, parques, estadios, cafeterías, discotecas, cibercafés, hoteles, casinos, zonas comunales y áreas de espera, entre otros lugares.
El senador José David Name, autor de la propuesta, señaló que «esta ley abre la puerta para desarrollar estrategias sobre los posibles efectos de estos dispositivos en la salud de las personas»

