El presidente Gustavo Petro sancionó la Ley 2485 de 2025, una norma que transforma la regulación de los servicios públicos y de telecomunicaciones en Colombia. A partir de ahora, las empresas no podrán establecer libremente el valor del cobro por la reconexión de servicios suspendidos, como internet, telefonía o televisión, y deberán ajustarse a los topes fijados por la Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC).
La medida modifica el artículo 23 de la Ley 1341 de 2009, eliminando la libertad tarifaria que permitía a los operadores imponer precios considerados desproporcionados. Con este cambio, el Estado recupera la facultad de intervenir directamente para evitar abusos y proteger los derechos de los usuarios.
Uno de los puntos más relevantes es que, en el caso del servicio de internet, la reconexión tendrá un valor máximo de $1.000, salvo excepciones que la CRC determine, siempre que las empresas justifiquen costos técnicos reales. Hasta ahora, muchos usuarios pagaban entre $30.000 y $40.000 por reconectarse, pese a que en la mayoría de los casos el proceso se hacía de manera remota y automática.
“Con esta ley buscamos garantizar condiciones equitativas, transparentes y proporcionales para los usuarios, y poner fin a los cobros exagerados que castigaban a las familias más vulnerables”, señaló el Gobierno tras la sanción presidencial.
Las compañías del sector tendrán 12 meses para ajustar sus sistemas de facturación y reconexión, y deberán reportar a la CRC los valores asociados a estos procesos.
El cambio se da en un contexto en el que miles de hogares colombianos, especialmente de los estratos 1, 2 y 3, enfrentan dificultades para mantenerse al día con el pago de sus servicios. Según asociaciones de consumidores, los altos costos de reconexión terminaban castigando doblemente a las familias: primero con la suspensión y luego con tarifas desproporcionadas.

