La reciente decisión del Consejo de Estado de suspender provisionalmente el decreto que fijó un incremento del 23,7 % al salario mínimo para 2026 ha generado incertidumbre entre millones de trabajadores en el país. Una de las principales dudas es qué ocurrirá con los salarios que ya fueron liquidados y pagados bajo ese nuevo valor.
El alto tribunal aclaró este punto en el auto que ordena la medida. En la decisión se establece que los efectos de la suspensión se aplicarán únicamente a partir de la publicación de un nuevo decreto que determine una cifra transitoria del salario mínimo.
“Diferir los efectos de la suspensión provisional, que se hará efectiva únicamente a partir de la fecha en que se publique el decreto (…) mediante el cual se determine la cifra transitoria”, señala textualmente la providencia.
Asimismo, se precisa que entre la notificación de la decisión y la publicación del nuevo acto administrativo, el salario mínimo para 2026 continuará siendo el fijado en el Decreto 1469 de 2025.
En todo caso, el Consejo de Estado fue enfático en indicar que la suspensión no afectará los pagos ya realizados. Es decir, las obligaciones y derechos que fueron calculados con base en el salario mínimo de 2026 y que ya fueron causados o pagados antes de la publicación del nuevo decreto, no tendrán ningún cambio ni deberán ser ajustados.
Con esta aclaración, el alto tribunal busca evitar traumatismos en la economía de trabajadores y empleadores.

