El Consejo de Estado le puso un límite al micrófono presidencial. En una decisión que marca un precedente sobre el equilibrio entre poder y comunicación, el alto tribunal le ordenó al presidente Gustavo Petro restringir el uso de las alocuciones televisadas, al considerar que su uso reiterado y desproporcionado vulnera el derecho de los ciudadanos a la información libre y plural.
La sentencia, fechada el 16 de septiembre de 2025, no solo representa una victoria judicial para los demandantes un grupo de ciudadanos que se sintieron “invadidos” por las transmisiones presidenciales, sino también una advertencia institucional: el poder no da derecho a monopolizar la palabra pública.
Desde febrero de este año, las alocuciones se convirtieron en una rutina del Gobierno. Sin justificación clara y con un tono más político que informativo, las intervenciones del mandatario coparon los canales nacionales, desplazando la programación habitual y convirtiendo un recurso excepcional en un instrumento propagandístico.
El Consejo de Estado fue contundente: la Presidencia incurrió en un “uso indebido” de la figura, al abusar de su frecuencia, duración y falta de justificación temática. En otras palabras, se usó el canal del Estado como altavoz de Gobierno, no como medio para comunicar hechos urgentes de interés nacional.
La decisión también dejó mal parada a la Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC), que, pese a tener el deber de vigilar el uso del espectro, “toleró” las transmisiones sin exigir que cumplieran con los criterios de urgencia y excepcionalidad. El fallo le dio hasta el 31 de diciembre de 2025 para corregir esa omisión y crear un marco regulatorio que garantice el pluralismo informativo.
El tribunal estableció nuevas reglas: cada alocución deberá tener una justificación real, no podrá repetirse de forma habitual y deberá ser limitada tanto en tiempo como en contenido. Además, la CRC deberá revisar previamente cada solicitud y publicar un informe posterior evaluando si se respetaron los principios de urgencia y excepcionalidad.
Pero el mensaje de fondo va más allá de la técnica jurídica: ningún servidor público, ni siquiera el jefe de Estado, puede apropiarse del espacio mediático común. La democracia no se construye desde un solo micrófono ni se fortalece repitiendo un discurso oficial que acalla la diversidad de voces.
En un país donde la comunicación política a menudo se confunde con propaganda, el fallo del Consejo de Estado es un recordatorio necesario: la libertad de expresión no consiste en hablar sin límites, sino en garantizar que todos puedan ser escuchados.

